Denuncia de Bullrich a una jueza por la liberación de detenidos en la marcha de jubilados
Se armó un revuelo bárbaro entre el Ministerio de Seguridad de la Nación y la justicia porteña tras los incidentes del miércoles en los alrededores del Congreso durante la marcha de los jubilados. Resulta que la ministra Patricia Bullrich denunció penalmente por prevaricato, incumplimiento de deberes y encubrimiento a la jueza Karina Andrade, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°15 de la Ciudad de Buenos Aires, por haber ordenado la liberación de un centenar de personas que habían sido arrestadas durante la movilización.
Bullrich apuntó con todo contra la magistrada, acusándola de complicidad por dejar libres a personas con causas por robo, drogas y agresiones sin revisar sus antecedentes, señalando que los manifestantes atacaron con palos, cuchillos y fuego, dejando policías heridos y patrulleros incendiados. Desde la cartera nacional sostuvieron que la jueza actuó a las apuradas, sin acceder a las actuaciones, controlar las pruebas ni verificar si los detenidos tenían antecedentes penales.
Por su parte, la jueza Andrade defendió su postura públicamente explicando que la policía no cumplía con los requisitos básicos de información indispensables para un juez, volviéndose los datos cada vez más imprecisos sobre la hora, el lugar y el delito específico del arresto. Aclaró que su función principal era el control de legalidad para que se respeten los derechos constitucionales, remarcando que en este caso estaba en juego el derecho a la protesta y a manifestarse en democracia. Además, detalló que ninguno de los detenidos estaba imputado por delitos graves como portación de armas de fuego, lesiones o incendio de bienes públicos, y aclaró que la investigación sigue abierta.
La polémica sumó más voces locales cuando el ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia, salió a cruzar con dureza a la magistrada. Tapia consideró que la liberación de los 94 detenidos por la Policía de la Ciudad fue una resolución inaceptablemente apresurada y totalmente contraria al Código Procesal Penal, ya que no se respetó el plazo legal de 48 horas que tienen los fiscales para tomar declaración y evaluar una prisión preventiva o aplicar la Ley de Reiterancia, insistiendo en la necesidad de terminar con la puerta giratoria en la justicia.
Share this content:
Publicar comentario